Fuente: http://www.elcomercio.com/politica/consultapopular-Yasuni_ITT-petroleo-Amazonia-Ecuador-CorteConstitucional_0_1000100126.html
La Corte Constitucional definió un procedimiento para la convocatoria a consulta popular de iniciativa ciudadana. Esto se aplicará para todos los casos en los cuales la gente pida que se convoque a consulta.
Esta resolución se produjo luego de que la petición hecha por los grupos ambientalistas para convocar a consulta popular sobre el tema de la explotación del Parque Nacional Yasuní.
Según la resolución de la Corte, ahora todas las peticiones deberán estar acompañadas de las firmas de respaldo y tener el aval del Consejo Nacional Electoral (CNE).
“Para la emisión del dictamen previo y vinculante de constitucionalidad de las convocatorias a consulta popular provenientes de la iniciativa ciudadana, el Consejo Nacional Electoral deberá remitir a la Corte Constitucional, junto con la petición de consulta, el informe favorable de cumplimiento de la legitimación democrática", señaló la sentencia.
Tipo de nota: Política
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